
La Administración andaluza solicitó que se desestimara íntegramente el recurso pero la Fiscalía finalmente lo ha estimado declarando que el derecho fundamental a la huelga, consagrado en el artículo 28 de la Constitución Española, ha sido vulnerado, según informa el sindicato en un comunicado.
CGT había interpuesto un recurso el pasado 16 de marzo por entender que se estaba quebrantando un derecho fundamental de los trabajadores y las trabajadoras.
CGT basa su argumentación en el hecho de que los servicios mínimos que se establecieron ese día no se ajustaban a la proporcionalidad, resultando injustificados y abusivos para las personas trabajadoras que estaban llamadas a secundar la huelga de 24 horas de ese día.
La organización anarcosindicalista ha manifestado que continuará peleando para hacer valer los derechos de todas y todos los trabajadores y ha criticado que haya sido, precisamente, un gobierno “progresista”, “obrero” y “socialista” el que haya puesto más impedimentos a las mujeres en una jornada de lucha histórica en todos los territorios del Estado español.
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